El C.A.R.D.A. ofrece el servicio legal y técnico a todo contratista y/o empresas que realicen el servicio de construcción, con la finalidad de realizar de manera más eficiente y eficaz la solución de controversias que se susciten durante la ejecución de una obra. Los contratos de construcción, necesitan de estos mecanismos, que ya funcionan con éxito en otros países del mundo al ser un mecanismo pre-arbitral de solución de disputas que se adecua a la ejecución de servicios en materia de construcción.
La presente Directiva tiene por finalidad desarrollar las normas complementarias que deben seguir las Juntas de Resolución de Disputas en la prevención y solución de controversias en los contratos de obra, conforme a la normativa de contrataciones del Estado.
• DIRECTIVA N° 020-2016-OSCE/CD JUNTA DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
• REGLAMENTO DE LA JUNTA DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS – C.A.R.D.A